Trabajar en prácticas forma parte del recorrido habitual de muchos jóvenes antes de incorporarse plenamente al mercado laboral. En muchos casos, esta etapa sirve para adquirir experiencia, competencias profesionales y contacto con el entorno de trabajo. Sin embargo, durante años, algunas de esas prácticas no generaron cotizaciones a la Seguridad Social.
Ahora, las personas que realizaron prácticas académicas o formativas sin cotizar tienen la posibilidad de recuperar esos periodos. La Seguridad Social permite desde 2024 suscribir un convenio especial para computar hasta cinco años de cotización, lo que equivale a un máximo de 1.825 días.
Este mecanismo estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2028, por lo que los afectados aún pueden acogerse a esta vía, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
Según explica la Seguridad Social en su página web, pueden beneficiarse de este rescate quienes “realizaron prácticas académicas y no cotizaron por ellas antes de 2024”, en el caso de las prácticas no remuneradas, o antes del 1 de noviembre de 2011 en otros supuestos.
Entre los periodos que pueden recuperarse se incluyen las prácticas realizadas por alumnos universitarios para obtener un título oficial, como grado, máster o doctorado, así como títulos propios de la universidad.
También se contemplan las prácticas de estudiantes de Formación Profesional, siempre que no se hubieran desarrollado dentro de un régimen de formación profesional intensiva ni tuvieran carácter laboral.
La medida alcanza, además, a quienes cursaron enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo. Del mismo modo, pueden acogerse los participantes en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.
Cuánto cuesta recuperar las cotizaciones por prácticas
El coste del convenio especial se calcula conforme a lo establecido en la Orden ISM/812/2024, de 26 de julio, que regula la forma de determinar la cuota que debe abonar cada persona para recuperar esos periodos de prácticas.
La base mensual de cotización será la base mínima de cotización por contingencias comunes correspondiente al grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada periodo que se quiera computar. Si en un mismo año hubo varias bases, se tomará como referencia la vigente a 31 de diciembre.
Una vez calculadas las cotizaciones correspondientes a esas mensualidades, el importe resultante se reduce mediante la aplicación de un coeficiente del 0,77. La cantidad final será la que deba ingresar el trabajador para poder sumar esos periodos a su vida laboral.
El pago del convenio especial puede realizarse de dos formas: mediante un pago único o a través de un pago fraccionado mensual. En este último caso, el plazo podrá alcanzar hasta el doble de las mensualidades que se pretendan recuperar, con un límite máximo de 84 mensualidades.






