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El BOC lo confirma: estas familias de Canarias podrán recibir ayudas para el comedor escolar este curso

El Gobierno de Canarias fija en 21.600 euros el límite de renta para las familias de hasta cuatro miembros y establece las cuotas y condiciones de los comedores escolares para el curso 2026-2027
El BOC lo confirma: estas familias de Canarias podrán recibir ayudas para el comedor escolar este curso
Comedor escolar de Canarias. Archivo DA

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) ha publicado este jueves las instrucciones que regularán la organización y funcionamiento de los comedores escolares de los centros públicos de Canarias durante el curso 2026-2027, una resolución que incluye información de especial interés para las familias que utilizan este servicio.

Entre las principales medidas figura el límite de ingresos familiares para poder beneficiarse de las ayudas de comedor. La Consejería de Educación establece que podrá recibir una subvención, total o parcial, el alumnado cuya renta anual familiar no supere los 21.600 euros en unidades familiares de uno a cuatro miembros.

A partir del cuarto miembro, el límite aumenta en 1.600 euros por cada integrante computable adicional. De esta forma, una familia de cinco miembros podrá acceder a estas ayudas con una renta de hasta 23.200 euros; una de seis, hasta 24.800 euros; y una de siete, hasta 26.400 euros.

La medida aparece recogida en la Resolución de la Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios publicada en el BOC número 167 de este 20 de agosto, que establece las reglas del servicio para los centros docentes públicos no universitarios de Canarias.

175 días de comedor subvencionados

Educación establece además que durante el curso escolar habrá 175 días objeto de subvención para el alumnado beneficiario de las ayudas.

El funcionamiento del comedor deberá coincidir con el periodo lectivo establecido para cada centro. La normativa determina que el servicio deberá comenzar, como máximo, tres días después del inicio de las clases, mientras que finalizará el último día lectivo del curso.

En caso de que el comedor funcione durante más jornadas que las 175 subvencionadas, corresponderá a los consejos escolares adaptar el presupuesto a los días reales de prestación del servicio.

Cuota mínima de 3 euros

La resolución también establece cómo se fijarán las cuotas que deberán pagar las familias.

El alumnado que no haya solicitado una subvención o no cumpla los requisitos para obtenerla tendrá que pagar la cuota máxima que establezca el Consejo Escolar de su centro.

En cualquier caso, el BOC determina que las cuotas no subvencionadas no podrán ser inferiores a tres euros por día.

Los alumnos que sí sean beneficiarios de las ayudas tendrán, por su parte, cuotas diferenciadas en función de las condiciones correspondientes.

Los pagos deberán realizarse en la cuenta del comedor durante los diez primeros días de cada mes. Además, las cuotas tienen carácter mensual con independencia del número de jornadas concretas en las que el alumno haga uso del servicio.

Una excepción para facilitar la conciliación familiar

La normativa introduce también una posibilidad que puede resultar especialmente relevante para determinadas familias.

De forma excepcional, el Consejo Escolar podrá estudiar la modificación del número de días en los que un alumno utiliza el comedor y ajustar proporcionalmente su cuota cuando existan motivos justificados relacionados con la conciliación de la vida laboral y familiar.

Para aplicarlo, el centro deberá estudiar previamente su viabilidad y la medida no podrá generar costes adicionales ni provocar un incremento en las cuotas del resto de usuarios.

Los menús tendrán que ser equilibrados y adaptados

Las instrucciones publicadas por Educación también establecen diferentes obligaciones relacionadas con la alimentación que se ofrece en los centros.

Los comedores deberán garantizar que las comidas sean variadas, equilibradas y adaptadas a las necesidades nutricionales de cada edad. Además, los menús tendrán que estar supervisados por profesionales con formación acreditada en nutrición humana y dietética.

La resolución recoge asimismo que deberá valorarse la calidad y variedad de los menús, así como la utilización de alimentos de proximidad y productos ecológicos y frescos.

Los centros también deberán comunicar a las familias la programación de los menús para que puedan complementar adecuadamente la alimentación de sus hijos durante el resto del día.

Asimismo, el Consejo Escolar tendrá que garantizar dietas específicas o adaptaciones del menú cuando existan necesidades médicas acreditadas o razones de carácter ético o religioso.

El comedor podrá ampliarse si hay lista de espera

Los centros que tengan alumnado en lista de espera podrán solicitar durante el curso un aumento del número de plazas autorizadas.

Para ello deberán demostrar que cuentan con instalaciones, mobiliario y recursos suficientes y que la ampliación no provocará un incremento del coste para las familias.

El periodo ordinario establecido para solicitar ese aumento de plazas irá del 16 al 30 de octubre de 2026, aunque existen excepciones para determinados supuestos vinculados a nuevas Aulas Enclave o alumnado de nueva incorporación en centros de Educación Especial.

Las nuevas instrucciones, publicadas este jueves en el BOC, serán de aplicación durante todo el curso escolar 2026-2027 en los comedores de los centros docentes públicos no universitarios de Canarias.

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