El Rey, sobre si convocará otra ronda de consultas con los candidatos: “Ya veremos”
El artículo 99.4 de la Constitución establece que si el candidato propuesto para la Presidencia del Gobierno no obtuviera la confianza del Congreso en segunda votación por mayoría simple, “se tramitarán sucesivas propuestas” de candidatos por el mismo procedimiento








