La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha informado de la entrada en vigor de la prohibición de uso y comercialización de productos cosméticos que contienen Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) desde el pasado 1 de septiembre de 2025. A partir de esa fecha, estos productos no podrán seguir utilizándose ni distribuyéndose en el mercado.
La decisión se fundamenta en el Reglamento (CE) Nº 1223/2009 y en el Reglamento (UE) 2025/877, después de que el TPO haya sido incluido en la lista de sustancias con riesgo de ser carcinógenas, mutagénicas o tóxicas para la reproducción. Con ello se persigue un objetivo prioritario: reforzar la protección de la salud humana en el ámbito de la cosmética.
El compuesto figura en el etiquetado de los cosméticos bajo su denominación en la Nomenclatura Internacional de Ingredientes Cosméticos (INCI): Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide.
La Comisión Europea ha publicado un documento de preguntas y respuestas específico sobre esta prohibición en productos cosméticos para uñas. En él se detallan los motivos de la medida, el alcance de la misma y las consecuencias que tendrá para fabricantes, distribuidores y consumidores.
La AEMPS subraya que esta prohibición refleja la capacidad de la normativa europea para adaptarse a los nuevos desarrollos técnicos y científicos. De este modo, se asegura que los cosméticos que se comercializan en la Unión Europea cumplen con los estándares de seguridad más elevados, garantizando la confianza de los consumidores.







