La Guardia Civil investiga a un conductor de 53 años como presunto autor de un delito contra la seguridad vial por conducir un vehículo bajo la influencia del alcohol y negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia.
Los hechos ocurrieron cuando agentes de tráfico se trasladaron al kilómetro 3,400 de la carretera FV-320, en el término municipal de Batancuria (Fuerteventura), por el aviso de un siniestro vial en el que una Ford Transit se había salido de la vía y había volcado causando daños materiales.
A la llegada al lugar de los hechos se pudo comprobar que el único conductor implicado se había ausentado, siendo posteriormente localizado e identificado, procediéndose a la realización de las pruebas de alcoholemia y drogas legalmente establecidas.
Se le realizó una primera prueba que arrojó un resultado positivo de 0,61 mg/l y el conductor se negó a la segunda prueba de forma reiterada, por lo que se procedió a informarle que será investigado por los delitos de conducción de un vehículo a motor baja la influencia de bebidas alcohólicas y por negativa a someterse a la segunda prueba de alcoholemia.
De los hechos investigados, se instruyeron las correspondientes diligencias que fueron entregadas en el Juzgado de Guardia del Partido Judicial de Puerto del Rosario.
A qué penas se puede enfrentar
La negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, es una infracción especialmente grave que supone, más allá de una infracción administrativa, la comisión de un delito penal tipificado en el artículo 383 del Código Penal.
El capítulo IV del vigente Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad vial y establece las siguientes penas por la negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia:
- Tasas superiores a 0,60 mg/l en aire o 1,2 gr/l en sangre – Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
- Negativa a someterse a las pruebas – Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.







