La reforma del Reglamento General de Circulación ya está en vigor en España desde el pasado 1 de octubre y trae nuevas obligaciones para quienes utilizan patinetes eléctricos, bicicletas, motocicletas y ciclomotores, además de cambios que afectan directamente al resto de conductores.
Una de las principales novedades afecta a los vehículos de movilidad personal (VMP). Desde ahora, la edad mínima para conducir un patinete eléctrico es de 15 años y sus usuarios deben utilizar obligatoriamente casco de protección.
También deberán llevar un elemento luminoso o reflectante cuando circulen de noche o en condiciones de escasa visibilidad. El alumbrado permanente del propio vehículo, también durante el día, será obligatorio a partir del 1 de octubre de 2027.
La reforma, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, introduce además por primera vez en el Reglamento la figura del “usuario vulnerable de la vía”, concepto que incluye a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal.
Así cambia el adelantamiento a los ciclistas
Los conductores también tendrán que modificar la forma en la que adelantan a una bicicleta en carretera. En vías interurbanas, quien adelante a un ciclista deberá reducir su velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite máximo de la vía y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.
Si existen dos o más carriles en el mismo sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril para realizar el adelantamiento. También desaparecen las exenciones que existían para el uso del casco entre los ciclistas en vías interurbanas. Los menores de 16 años, además, deberán utilizarlo en todo tipo de vías.
Los trabajadores que desarrollen su actividad profesional en bicicleta, como determinados repartidores, deberán llevar casco también en vías urbanas y travesías. Los profesionales que circulen en bicicleta, VMP, ciclomotor o motocicleta deberán utilizar además chaleco reflectante durante su actividad.
Cinco metros de distancia en ciudad
La reforma introduce asimismo cambios específicos para los ciclistas dentro de los núcleos urbanos. Las bicicletas circularán preferentemente por el centro del carril y los conductores de vehículos a motor deberán mantener una distancia mínima de cinco metros respecto a los ciclistas que circulen delante de ellos por el mismo carril.
Además, los ayuntamientos podrán permitir que las bicicletas circulen en ambos sentidos por determinadas calles de un solo carril limitadas a 30 kilómetros por hora o menos, siempre que exista señalización específica.
Guantes y calzado cerrado para las motos
Los usuarios de motocicletas y ciclomotores también estrenan obligaciones. Conductores y pasajeros deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie cuando circulen por cualquier tipo de vía. El incumplimiento está considerado infracción grave y puede suponer una multa de 200 euros.
Las motocicletas podrán utilizar además el arcén derecho cuando exista congestión de tráfico, aunque únicamente en los tramos donde esté expresamente permitido mediante señalización y sin superar los 30 kilómetros por hora.
Otro cambio afecta a los cascos utilizados en los ciclomotores. La normativa exige que sean homologados conforme a los estándares establecidos, pero permite seguir utilizando los cascos certificados anteriores durante un año desde la entrada en vigor de la reforma, por lo que esta obligación plena llegará el 1 de octubre de 2027.
Con estos cambios, la Dirección General de Tráfico pretende reforzar la protección de los usuarios considerados más vulnerables y adaptar las normas a la creciente convivencia entre coches, motos, bicicletas y vehículos de movilidad personal en las vías urbanas e interurbanas.






